miércoles, 27 de mayo de 2009


BASAMENTO LEGAL SOBRE EL USO DE LAS TIC´S EN EL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO:
En los artículos 108 y 110 de la constitución de Venezuela establece que el Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso a la información y su vez destinar recursos suficientes así como también deberá creará el sistema nacional de ciencia tecnología. Y es obligatorio que el sector privado aportar recursos para las mismas.
Es importante entones entender y respectar la articulo que el estado a querido implementa en mejora de de nuestra saciedad en donde la tic a llegado como un nuevo paradigma en el proceso de enseñanza aprendizaje, sin embargo podemos ver que la Internet por ejemplo ha tenido una aceptación en todos los estratos sociales, pero con un uso indebido de las misma, es por eso que la leyes implantadas por decreto deben hacerse notar y aquí por ejemplo donde el gobierno debe aplicar el articulo 825 donde establece como prioridad el buen uso del Internet como medio para impartir educación, así como también el compromiso de dotar nuestras aulas con las herramientas necesarias para que todo este desarrollo, se llevar a cabo en los diferentes instituciones educativas del estado .Por ultimo hay que destacar que no es solo el gobierno el encargado de desarrollar los medios que enriquezcan a nuestros alumnos sino también que cada uno de los docente nos integremos en este proyecto futurista para que la educación en nuestro país gire 360 en Pro de nuestra educación

1 comentario:

  1. Un cordial saludo Blasco

    La lámina posee información suficiente. Esta excelente. Sin embargo el texto pudo ampliarse y relacionarse directamente con la legalidad y no con las necesidades del entorno educativo y la politica del estado.
    Tu nota es: 7/10

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